El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto utilizado para frenar la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con el cumplimiento de la normativa aprobada por el Congreso.
La resolución fue firmada por el juez Martín Cormick, quien hizo lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires.
El fallo citado por NA dejó sin efecto el Decreto 759/2025 y dispuso el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”.
Qué ordenó el juez Martín Cormick
La decisión judicial establece que el Poder Ejecutivo debe avanzar con las medidas necesarias para aplicar la Ley de Financiamiento Universitario.
Entre los principales puntos vinculados con la normativa aparecen:
- La asignación de partidas para el funcionamiento de las universidades.
- La recomposición salarial de docentes.
- La recomposición salarial de trabajadores no docentes.
- El dictado de las normas reglamentarias necesarias.
- La ejecución de las disposiciones contempladas en la ley.
El amparo colectivo fue presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, la UBA y otras universidades, con el objetivo de que se cumplieran los principales puntos de la normativa.
Qué cuestionó el fallo sobre el decreto del Gobierno
Según la resolución, el Gobierno primero intentó frenar la aplicación de la ley mediante un veto. Luego de que el Congreso rechazara esa medida y sostuviera la normativa, el Ejecutivo emitió el Decreto 759/2025.
Ese decreto establecía que el financiamiento universitario solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.
Cormick sostuvo que ese mecanismo “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.
El magistrado también señaló que, ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” y configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.
El planteo sobre el impacto presupuestario
Otro de los puntos abordados por el juez fue el impacto fiscal de la Ley de Financiamiento Universitario.
El fallo menciona que durante 2024 y 2025 no existió una Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas correspondientes al presupuesto aprobado en 2023.
Además, Cormick citó información de la Oficina de Presupuesto del Congreso según la cual el impacto de la normativa durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.
Qué universidades impulsaron el amparo
El Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires promovieron el amparo colectivo para reclamar el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario.
A ese planteo se sumaron otras universidades, que reclamaron la aplicación de las disposiciones relacionadas con el funcionamiento de las casas de estudios y los salarios del personal docente y no docente.
El fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar al planteo y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con las medidas necesarias para aplicar la normativa.
El argumento del juez sobre el control judicial
Cormick también se refirió al alcance de la intervención de la Justicia en decisiones vinculadas con recursos públicos.
En ese sentido, sostuvo que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.
La resolución, de esta manera, establece la obligación de avanzar con el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario y deja sin efecto el decreto que condicionaba su ejecución.