El Senado de la Nación decidió postergar el debate del denominado "proyecto de ley sobre propiedad privada", iniciativa clave del esquema de reformas oficialistas que elimina las restricciones para que empresarios extranjeros adquieran tierras rurales en el país.
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Tras la aprobación de los pliegos judiciales, fue el propio presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, Agustín Coto, quien solicitó aplazar la discusión sobre la “inviolabilidad” de la propiedad privada hasta la próxima sesión. Fuentes parlamentarias confirmaron que este freno está directamente vinculado a las fuertes controversias que genera el capítulo de tierras, diseñado minuciosamente por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
El fantasma de la extranjerización y el nexo con Peter Thiel
La reforma impulsada por Sturzenegger y Milei tiene como uno de sus focos principales la eliminación total de los topes establecidos por la Ley de Tierras vigente, abriendo la puerta a que corporaciones internacionales compren territorio argentino sin restricciones de superficie.
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Este modelo de desregulación absoluta responde directamente al alineamiento ideológico y económico del Gobierno con magnates del sector tecnológico global, entre los que destaca Peter Thiel. El multimillonario de Silicon Valley, cofundador de PayPal y la firma de análisis de datos Palantir, ha manifestado en reiteradas ocasiones su fascinación por el experimento libertario de Milei, viendo a la Argentina como un laboratorio ideal para proyectos de desregulación radical y la creación de enclaves privados o "startup cities".
Sitios especializados y analistas de soberanía territorial advierten sobre el enorme peligro que encierra este avance. Permitir que grandes corporaciones y magnates extranjeros adquieran tierras sin control estatal —potencialmente incluyendo tierras fiscales o linderas a recursos naturales estratégicos como el agua dulce o la minería— debilita el control del Estado sobre su propio territorio y delega la gestión de áreas clave en intereses privados transnacionales.
Los detalles del proyecto: límites y soberanía provincial
A pesar de la ambición original del texto de Sturzenegger, el dictamen que llegó al recinto ya arrastraba modificaciones sustanciales debido a la falta de consenso, habiéndose eliminado por completo el capítulo referido a los cambios en la ley de barrios populares.
En lo que respecta estrictamente al régimen de tierras, el proyecto establece lo siguiente:
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Se eliminan los límites de hectáreas para la adquisición por parte de privados extranjeros.
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Las provincias conservarán la jurisdicción plena sobre sus territorios y tendrán la potestad de autorizar las ventas cuando no participe ningún país extranjero.
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Se mantiene una prohibición explícita para que adquieran tierras los Estados extranjeros directos, así como empresas o fondos fiduciarios donde un Estado de afuera tenga participación mayoritaria en el capital o en las decisiones societarias.
Desalojos exprés
Otro de los puntos más sensibles de la normativa es la flexibilización de los mecanismos de desalojo. La ley contempla un sistema de desalojo exprés aplicable exclusivamente a inmuebles que hayan sido usurpados.
Para el resto de los casos de disputa contractual, como los alquileres, se fijan pautas estrictas:
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Se establece un plazo de 10 días para intimar fehacientemente al pago antes de avanzar.
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La notificación dirigida al domicilio (físico o electrónico) fijado en el contrato se considerará totalmente válida, incluso si el locatario se niega a recibirla o si no se puede perfeccionar por motivos imputables a él.
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Ante el incumplimiento, el locador quedará habilitado para iniciar la acción judicial de desalojo mediante el procedimiento más breve de la ley, estipulado en 10 días hábiles.
En cuanto a las expropiaciones, el texto aprobado busca restringir las facultades del Estado. La declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y requerirá de fundamentos sumamente claros por parte del poder estatal. Asimismo, se fijó un tope del 30% de indemnización por lucro cesante (el proyecto original no ponía límites) y se determinó que la tasa de interés aplicable para los pagos será la del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más la tasa del Banco Nación a 30 días.
Por último, el proyecto avanza sobre la legislación ambiental actual modificando normativas de manejo del fuego. El dictamen deroga el artículo que prohibía por un lapso de 30 años cambiar el uso del suelo de superficies incendiadas en zonas agropecuarias, matorrales, pastizales y áreas periurbanas.
En el caso de los bosques nativos, la prohibición de cambiar el uso y destino del suelo afectado por el fuego se mantiene vigente, pero se elimina el plazo histórico de 60 años establecido originalmente en la ley promovida por Máximo Kirchner.
Con el debate postergado, el oficialismo deberá recalcular su estrategia en el Senado para intentar rescatar una ley que toca fibras íntimas de la soberanía económica y territorial de la Argentina, y que por ahora permanece congelada.